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DECISIÓN.
En mérito de las precedentes consideraciones y preceptos legales invocados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: FALTA DE JURISDICCIÓN frente a la Administración Pública a través del Registro Civil, para conocer la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO realizada por la ciudadana YOLEIDA CAROLINA QUERALES, sin numero de identificación. SEGUNDO: Se ordena remitir las actuaciones que conforman el presente asunto a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de que decida sobre lo declarado por este Juzgado. TERCERO: Se suspende la causa a partir de la presente fecha.-
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Dado, firmado y sellado en .....