Mediante Resolucion Nº: PJ0252024000052, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, presentado por el ciudadano: JINMER JORGE ADARFIO PRADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nº V-19.297.162, debidamente asistido por el ciudadano: ELISAM NASSER K, Abogado en libre ejercicio e Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº226.818 y de este domicilio.