Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: SE ANULA el auto de fecha 19/03/2012, dictado por el a quo, e INADMISIBLE, la apelación interpuesta por la empresa IMOCA, a través de su presidente ciudadano MARCO TULIO DALY ESCOBAR, identificado en autos, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 09/03/2012.