Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, EJECUTA la sentencia dictada en fecha dieciséis de abril del año dos mil diez, por el Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, en la cual Condenó al ciudadano DUGLE DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 14.845.042, de estado civil soltero, nacido en fecha nueve de diciembre del año mil novecientos setenta y ocho, ex plaza del Liceo Militar Jáuregui, perteneciente al Contingente Septiembre-2002, con domicilio y residencia en la Invasión Hugo Chávez Frías, detrás del Comando de la Guardia Na.....