Se dictó sentencia en la que se declaró: PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la parte actora contra la sentencia interlocutoria dictada el 18 de septiembre de 2006 por la Jueza Unipersonal Nº XIV de la Sala de Juicio de este Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Con lugar la apelación ejercida por la parte demandada contra la sentencia interlocutoria dictada el 18 de septiembre de 2006 por la Jueza Unipersonal Nº XIV de la Sala de Juicio de este Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: Se revoca la medida cautelar de Veedor Judicial ratificada por la sentencia interlocutoria dictada el 18 de septiembre de 2006 por la Jueza Unipersonal Nº XIV de la Sala de Juicio de este Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas respecto a las sociedade.....