Por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Militar Decimosexto de Control con sede en Barcelona Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR, LA CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, por considerar que se cumplen con los extremos jurídicos previsto en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal.. SEGUNDO: CON LUGAR LA APLICACIÓN del procedimiento ordinario en el presente Proceso, conforme a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: CON LUGAR el acto formal de imputación, en contra del ciudadano SARGENTO MAYOR DE SEGUNDA CANELON ARIAS JAVIER ANTONIO, titular de la cedula de identidad N° V- 15.518.225, por la presunta comisión del delito militar de ULTAJE A LA FUERZA ARNADA NACIONAL BOLIVARIANA, ABUSO DE AUTORIDAD, DESOBEDIENCIA, previstos y sancionados en los artículos 505,509, ordinal 1ero y 519 concatenado con el 520, todos del código orgánico d.....