Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dictó Sentencia Interlocutoria impartiendole HOMOLOGACIÓN al CONVENIMIENTO, de fecha 13 de Marzo del año 2014, realizado por ambas partes en Reunión Conciliatoria celebrada por ante este Juzgado, en el presente juicio por PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se da por terminado el presente juicio. Archívese el expediente en su oportunidad.