PRIMERO: CON LUGAR la CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, por considerar que se cumplen con los extremos jurídico previsto en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CON LUGAR la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente Proceso, conforme a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: CON LUGAR, el presente acto como el acto formal de imputación, en contra del ciudadano: 1) SARGENTO PRIMERO BLADIMIR JOSÉ ATAGUA QUERO, titular de la Cédula de Identidad N° 19.012.840 y 2) Ciudadano MANUEL ISABRE BRUSCO MILLAN, titular de la Cédula de Identidad N° 8.296.982, por estar presuntamente incurso en los delitos militares de USURPACIÓN DE FUNCIONES y ULTRAJE A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, Previstos y sancionados en los Artículos 507 y 505, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. CUARTO: SIN LUGAR, la solicitud formulada por el Defensor Público Militar, en cuanto a la solicitud de Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de los c.....