Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de los Ciudadanos Soldado CASADIEGO DELGADO WILLIAMS OMAR, titular de la cédula de identidad Nº V-27.232.990, y Soldado CASADIEGO DELGADO JAIRO ALEXIS, titular de la cédula de identidad N° V- 25.808.436, ambos plaza del 208 Batallón de Apoyo Logístico "General de Brigada Juan Antonio Paredes", por la presunta comisión del delito Militar de CONSUMO DURANTE EL CUMPLIMIENTO DE UN ACTO DE SERVICIO, delito previsto y sancionado en el artículo 168 de la Ley Orgánica de Drogas, aplicable a la Jurisdicción Penal Militar de conformidad con lo establecido en los artículos 20, 123 ordinal 3º y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación con lo previsto en el artículo 170 de la Ley .....