DECLARA COMPETENTE AL TRIBUNAL DE MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR para conocer la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA interpuesta por la ciudadana: ISMARY RAQUEL MEDINA, titular de la cédula de Identidad Nº 20.436.965, debidamente representada por los ciudadanos: MANUEL GOMEZ TORRES E ISMAEL RODOLFO PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números 793.423 y 4.594.494, abogados en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo los Nros 9762 y 6783. Queda así CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 25-11-2009 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En consecuencia, remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Ciudad Bolívar, para su distribución