Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre, Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: RENI ROSALIO LEDEZMA PRIETO y ZULEINNY ORDAZ MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 19.382.932 y 21.578.846, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha 02-10-2010 por ante el Registro Civil de la población de Maripa, Municipio Sucre del estado Bolívar, cuya acta de matrimonio Nº 41 de fecha 02-10-2010, inserta en el libro de Registro Civil de Matrimonio del año 2010 llevado por ese registro Civil.
Definitivamente firme como haya quedado el presente fallo, remítanse los oficios correspondientes a las autoridades competentes, para que sean estampadas las respectivas notas marginales.-