En el día de hoy veinticinco de Octubre del año dos mil siete, siendo las 10:07a.m., oportunidad prevista para celebrar la Audiencia Constitucional Oral y Pública, en la presente acción de Amparo Constitucional, el Tribunal deja constancia que no se encuentra presente la parte querellante ciudadano JORGE LUIS MOGOLLÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.984.680 y de Profesión Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 23.834. Asimismo, se deja constancia que se encuentra presente la parte querellada, representada por los Abogados Franyuly Pastora Sierra R. y Reyber José Pire Gutiérrez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 108.766 y 61.681, respectivamente. En razón de lo cual se declara Terminado el Procedimiento, de conformidad con lo establecido en la Sentencia recaída en Expediente N° 010 de fecha 01/02/00, proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Es todo. Se terminó.