DECLARO: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados HIDALGO VALERO BRICEÑO, RIGOBERTO QUINTERO y LIZZIE OLIVARES PARRA, Defensores del ciudadano LUIS EDUARDO SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.771.156, contra la decisión dictada por el Juzgado Militar Tercero de Control con Sede en Caracas, de fecha cinco de octubre de dos mil cuatro, conforme a lo previsto en el artículo 437 Literal ¿b¿ del Código Orgánico Procesal Penal.