De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Tercero de Juicio, en contra del penado TENIENTE CORONEL IRANY JOSE SOTILLO PENOTT, titular de la cedula de identidad N° V- 12.270.919, a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en sus numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política por el tiempo de la pena y Separación del Servicio Activo de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. SEGUNDO: A los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 473 en concordada relación con el numeral 3 del artículo 471 del Código Orgánico Procesal penal, se ordena remitir copia .....