DECLARO: PRIMERO: IMPROCEDENTE, la solicitud inherente al otorgamiento del Beneficio procesal de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, interpuesta por el Abogado JUAN FELIX CORREA JIMENEZ, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 13.272.206 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°142.887, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano penado: PRIMER TENIENTE CESAR RAFAEL SALAZAR RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº. V-17.708.807, Natural de Maracay edo. Aragua, de estado civil casado, residenciado en Sector 2, Caña de Azúcar, Vereda 15, casa Nº 11 Municipio Mario Briceño Iragorry estado Aragua, de profesión u oficio Militar activo, quien se encuentra como penado en la presente causa por la comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZA ARMADAS NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 570 Ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar y condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y TRES (03.....