IV. DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentada por el abogado Marcos Humberto Hernández, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana MIROSLAVA LATOCKA SENFT, representada por la ciudadana TAMARA PÉREZ YENTUKHIW contra el ciudadano NORBERTO EUSEBIO PÉREZ TRUJILLO, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de esta sentencia.
SEGUNDO: SIN LUGAR la confesión ficta de la parte demandada planteada por el apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria no se hace expresa condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, fir.....