DECLARÓ: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados ALONSO ENRIQUE MEDINA ROA y LUIS ARGENIS VIELMA, Defensores del ciudadano Teniente (EJ) ANGEL MARCHENA PIÑERO, SEGUNDO: CONFIRMA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, dictada el treinta y uno de julio de dos mil cuatro, por el Juzgado Militar Tercero de Primera Instancia Permanente de Caracas, contra el ciudadano TENIENTE (EJ) ANGEL ALFREDO MARCHENA PIÑERO, titular de la cédula de identidad Nº 8.828.524, por la comisión de los delitos de INSTIGACIÓN A LA REBELIÓN MILITAR, SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS Y CONTRA EL DECORO MILITAR, previstos y sancionados en los artículos 481, 476 ordinal 1º, 486 ordinal 4º, 570 ordinal 1º 572 y 565 del Código Orgánico de Justicia Militar, TERCERO: SIN LUGAR la solicitud de nulidad, por falta de motivación formulada por los Abogados ALONSO ENRIQUE MEDINA ROA y LUIS ARGENIS VIELMA, Defensores del ciudadano Teniente (EJ) ANGEL M.....