´este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Roscio y El Callao del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en la sentencia Nº 136, de fecha 30 de marzo de 2017, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgador, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL contraído en fecha diecinueve (19) de julio del año dos mil (2000), tal consta de copia certificada de ac¬ta de matrimonio Nro. 03 por los ciudadanos: MUTUO CONSENTIMIENTO, realizada por los ciudadanos ROSA ERMINIA PEREZ RIVERO y MARCOS TULIO SANCHEZ,
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