Por las motivaciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por pago de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación laboral, interpuesto por, LUIS JESUS CELIS PITA, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 154.993, actuando en representación de PABLO GENARO BOULANGER CORTÉZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.509.424, en contra del ciudadano SALVADOR MANDELLY y a la sociedad mercantil EL GORDO, ahora denominada Colchonería Mundo Feliz, C.A.
Sin embargo, ello no obsta para que el accionante vuelva a proponer su demanda, una vez transcurrido el lapso.....