este Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA INADMISIBILIDAD DE LA SOLICITUD DE TRANSACCIÓN interpuesta por los Ciudadanos, ya identificados.