Este Tribunal precalifica los hechos dentro del tipo penal de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA previsto en los artículos 06 ordinales 1°, 2°, 3°, 6°, 8° y 10° en concordancia con el artículo 07 ambos de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. Segundo: Se acuerda decretar la aprehensión de la imputada en Flagrancia, por considerar que la misma se produjo bajo los supuestos establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, como bien lo ha solicitado la ciudadana representante del Ministerio Público y en cuanto al procedimiento a seguir en la presente causa se decreta que la misma se siga por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines que la fiscalía del Ministerio Público continúe con las investigaci.....