este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1) CON LUGAR la pretensión de DIVORCIO con fundamento en las causal segunda del artículo 185 del Código Civil venezolano, propuesta por la ciudadana IVONNE NAZARET GONZALO ALVARADO contra el ciudadano ALEXANDER JOSE URDANETA RODRIGUEZ, ambos previamente identificados.
2) SIN LUGAR la RECONVENCIÓN propuesta por el último de los nombrados en contra de la primera.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído por los prenombrados ciudadanos en fecha 03 de agosto de 2006, por ante por el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del estado Lara.