DISPOSITIVA
Por tanto, de conformidad con los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en el estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano ERIC ANTONIO TORRES ANDUEZA, titular de la cédula de identidad Nº 15.462.721, plaza del Batallón de Ingenieros "Gral. Ezequiel Zamora", acantonado en la población de Puerto de Nutrias, municipio Sosa del estado Barinas, para el momento que ocurrieron los hechos, conforme a lo dispuesto en los artículos 45, 48 numeral 7 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: EL CESE del régimen de pruebas y de las condiciones impuestas en decisión de fecha 26ABR2010; y TERCERO: CON LUGAR la solicitud de copia simple del acta de la audiencia oral, interpuesta por el Defensor Público Militar de Mérida.
Regístrese y publíquese.
LA JUEZ MILITAR,
LEIDA.....