Este Juzgado admitió las pruebas documentales promovidas por la parte recurrida. En relación a las pruebas promovidas por la parte recurrente admitió las pruebas documentales, la prueba de exhibición de las órdenes del día, de las órdenes de servicios y de las planillas de control de asistencia y declaró inadmisible la prueba de exhibición del libro de novedades.