DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Teniente de Fragata RAMÓN CLEMENTE PIRE SUÁREZ, en su carácter de Defensor Público Militar del ciudadano ENDER DE JESÚS HERNÁNDEZ GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.848.397, en contra de la decisión emitida por el Tribunal Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Maracaibo, de fecha veintisiete de abril del año dos mil cuatro, y SEGUNDO: REVOCO las Medidas Cautelares Sustitutivas impuestas por el Tribunal Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Maracaibo, al ciudadano antes identificado y en su lugar Decreta la Medida de Privación Judicial Privativa de Libertad, contra el ciudadano ENDER DE JESÚS HERNÁNDEZ GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº 5.848.397, conforme al Artículo 250, en concordancia con el Artículo 251, ambos, del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia líbrese Boleta de Encarcelación, remítase con oficio y comisiónese al Tribunal Militar Se.....