DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados MEILING LEONELLA RONDÓN LEON y EDWING JAVIER RODRIGUEZ OVALLES, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano Sargento Primero LUIS JOEL PANTOJA CASTILLO, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Quinto de Control con sede en Maracay, estado Aragua, en fecha 05 de marzo de 2014, mediante el cual decretó la privación judicial preventiva de libertad del imputado, en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMAS, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano y los delitos militares de DESOBEDIENCIA previstos y sancionados en los artículos 519, 520 y 521 numeral 4 y ABANDONO DE SERVICIO previsto y sancionado en los artículos 534 y 537 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: CONFIRMA el auto dictado por el Tribunal Militar Quinto de Control con sede en Maracay, estado Aragua, mediante el cual se decretó la privaci.....