En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la TERMINADA LA COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION, interpuesta por ASOCIACIÓN CIVIL "CIUDAD DE LOS MUCHACHOS EL PALACIERO", representada por la ciudadana GLADIS PASTORA RAMIREZ de LINAREZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 2.537.679, y de este domicilio, en beneficio del Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que la ciudadana DANNY MARGARITA GUTIERREZ PERNIA, se mantienen los demás derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad de la madre del Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niñ.....