DECLARO INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos abogados GERARDO ENRIQUE TOLEDO, defensor de los ciudadanos Coronel (EJ) GUSTAVO BUSNEGO LEAL, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.369.083 y Teniente Coronel (GN) EMIL JOSE IRAUSQUIN, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.004.887, y FELIX ARNALDO BLANCO SALINAS, defensor del ciudadano Coronel (EJ) GUSTAVO BUSNEGO LEAL, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Segundo de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Caracas, Distrito Capital, en fecha veintidós de marzo de dos mil siete. Conforme a lo previsto en el artículo 437 literal c, en concordancia con el artículos 196 parte in fine, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por ser la decisión impugnada irrecurrible.