Este Tribunal Militar Séptimo de Control, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE: 1) SE DECLARAN SIN LUGAR las Excepciones opuestas por la Defensa Privada del ciudadano ST/2da (EJ) Hermes Pitter Ramos Meléndez. 2) De conformidad con el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento formulada por la representación fiscal y en consecuencia SE SOBRESEE la Causa a favor del ciudadano S/1ERO (EJ) Yldegard José Chabasquen Galindo, titular de la cédula de identidad Nº 15.300.844. 3) SE RATIFICA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA impuesta a los acusados ciudadanos: ST/2da (EJ) Hermes Pitter Ramos Meléndez, Ricardo Emilio García Paiva, Antonio José Castillo Pineda y Orlando Jesús Chacón Peña, quienes quedan en la obligación de continuar presentándose ante este Despacho Judicial cada treinta (30).....