DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia, en funciones de Control de la Sección Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: La Prescripción y Extinción de la Acción Penal, seguida en contra del joven adulto XXXXXXXXX, antes identificado, por la presunta comisión de los delitos HURTO CALIFICADO Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en los artículos 455 ordinal 3° y 278 del Código Penal Vigente, de conformidad con lo previsto en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 109 del Código Penal. Igualmente se revocan las medidas cautelares impuestas al adolescente XXXXXXXXXXXXXX, en fecha 28-05-2001, por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que el joven le fue ordenada la Captura, por lo que se acuerda dejar sin efecto la .....