Se desprende de las actuaciones de tránsito y del croquis que se trata de una colisión entre vehículos, en una intersección de vías, tenemos que considerar lo establecido en el Artículo 127 de la Ley de Tránsito Terrestre que de manera clara nos señala la presunción de responsabilidad que tiene los conductores, asi tenemos:
Artículo.- 254, ordinal 2° del REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSITO: Las velocidades a que circularan los vehículos en las vías públicas serán las que indiquen las señales del tránsito de dichas vías.-
En caso de que en las vías no estén indicadas las velocidades, el máximo de esta será el siguiente:
Ordinal 2: en zonas urbanas:
A.- 15 kilómetros por hora en intersecciones
Artículo 129, de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre.-
“Se presume, salvo prueba en contrario, que el conductor es responsable de un acc.....