DECLARO INADMISIBLES. En tal sentido ACUERDA fijar por auto separado la audiencia Oral y Pública, que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de cinco (05) días ni mayor de diez (10), conforme al artículo 455, primer aparte ibidem, así como el traslado del ciudadano Maestre Técnico de Primera (ARBV) ARMANDO ANTONIO ESCOBAR BERRRIOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.283.506, a esta Corte Marcial para el día y hora en que se fije la Audiencia Oral y Pública en la presente causa.