DECLARO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana abogada NIEVE LINDA DELGADO DURAN, en su condición de Defensora Pública Militar del ciudadano, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Décimo de Control con sede en Maracaibo, estado Zulia, en fecha veinticinco (25) de febrero de 2011, mediante el cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de su representado el ciudadano LEOMAR JOSÉ MORONTA TOMEY, titular de la cédula de identidad No. 5.063.644, por la comisión de los delitos de USURPACIÓN, tipificado y sancionado en el artículo 507 del Código Orgánico de Justicia Militar y ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 509 numeral 4, ejusdem