DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Teniente Coronel JESÙS RAMÒN GONZÁLEZ, en su carácter de Defensor Público Militar del ciudadano Sargento Segundo RODOLFO JOSÈ BORRERO MONCADA, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Octavo de Control con sede en Puerto Ayacucho, estado Amazonas, en fecha 16 de diciembre de 2013, mediante el cual decretó la privación judicial preventiva de libertad del imputado, en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito militar de INSUBORDINACION, previsto y sancionado en los artículos 512 ordinal 1º y 513 ordinal 2º y 516, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: CONFIRMA el auto dictado por el Tribunal Militar Octavo de Control con sede en Puerto Ayacucho, estado Amazonas, mediante el cual se decretó la privación judicial preventiva de libertad contra el ciudadano Sargento Segundo RODOLFO JOSÈ BORRERO MONCADA.