DISPOSITIVA:
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 197, ordinal 15º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y previo cumplimiento de los requisitos legales, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA justo título de propiedad a favor de la Ciudadana: DILCIA DEL CARMEN PIRE, venezolana, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidades N°: 6.980.858, sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías supra identificadas, constituidas en un lote de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras, con una superficie de DIEZ HECTAREAS CON UN MIL OCOCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS, ubicado La Misericordia de Dios" ubicado en el sector el Tuy calle seis (06), Asentamiento Campesino Valles Moroturo, Parroquia Moroturo, Municipio Urdane.....