Por las razones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR SIN LUGAR la RECUSACIÓN, interpuesta por el abogado Amilcar Rafael Villavicencio López, en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana Mariangela Bucci, contra la Jueza Primera de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en el asunto principal signado bajo el KP01-P-2011-003392, de conformidad con la causal prevista en el numeral 6 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.