- III -
DE LA DECISIÓN
Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA LAS MEDIDAS DE SECUESTRO, PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR Y EMABRGO peticionadas por el ciudadano GREGORIO BABIN BERZODNYJ, parte actora en la presente causa.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la Ciudad Capital, a los Veinticinco (25) días del mes de Enero de Dos Mil Diez (2010). Años 199º y 150º.
LA JUEZ PROVISORIA,
EL SECRETARIO
DAYANA ORTÍZ RUBIO
RONMY SALIMEY
En esta misma fecha, previo el anuncio de Ley, se publicó y registro la anterior decisión, siendo las once y treinta de la mañana ( 11:30 a.m.).
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