En merito de lo anteriormente expuesto y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, DECLARA: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por el de cujus, ANTOLINO DEL VALLE FARIÑAS SEIJAS quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.894.562, fallecido en fecha 23/10/2025 a consecuencia de PARO CARDIO RESPIRATORIO, INFARTO AGUDO DEL MIOCARDIO, CARDIOPATIA HIPERTENSIVA MIXTA HIPERTENSION ARTERIAL, tal como se evidencia de Acta de defunción 3214, del libro N°20 del año 2025. A los ciudadanos DARIANA MAOLYS FARIÑAS CAMACHO Y DENIS ANTHONI FARIÑAS CAMACHO y MARIA AGRIPINA CAMACHO CALDERON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nro. V-19.419.374 y V-22.813.154 y V-4.261.403, actuando en este acto en sus condiciones de HIJO.....