DISPOSITIVA.
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio Nº 5, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO Dejar sin efecto la orden de aprehensión que pesa sobre el ciudadano Mario José Rodríguez Alcón, titular de la cedula de identidad Nº 13.464.402 (no porta), venezolano, hijo de Angélica Rodríguez y Mario Rodríguez, residenciado: barrio El Carmen carrera 07 entre 06 y 07, casa Nº 06-56, de color azul, diagonal a Mercal. Barquisimeto Estado Lara. Teléfono 02518084630 Segundo Se IMPONE al ciudadano Mario José Rodríguez Alcón la medida contentiva en el articulo 256 ordinal 1 Detención Domiciliaria, advirtiéndole las consecuencia que acarrear su incumplimiento Tercero Se fija Juicio Oral y Público para el día 02/02/2011 a Las 11:00am. Líbrese oficios y boletas correspondientes. Los presentes quedan debidamente notificados. La presente se fundame.....