DECRETO De conformidad con lo establecido en los apartes 4° y 5° del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, se concede una prórroga hasta por un máximo de quince (15) días para que el Ministerio Publico Militar, concluya la investigación seguida a los ciudadanos Distinguido (EJ) EILIM ELIUSTER GUTIERREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 18.608.725 y Distinguido (EJ) DIEGO JOSE BRICEÑO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.541.522, y presente el acto conclusivo correspondiente. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud efectuada por el Maestro Técnico de Tercera (AV) ITALO BRUNO GARCIA, defensor de los ciudadanos Distinguido (EJ) EILIM ELIUSTER GUTIERREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 18.608.725 y Distinguido (EJ) DIEGO JOSE BRICEÑO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.541.522, de medidas cautelares sustitutivas.