DECLARA PRIMERO: ADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los ciudadanos OSCAR HERACLIO LOPEZ MATUTE y MIKE WILMER GONZÁLEZ CEDILLO, titulares de las Cédulas de Identidad números: 5.271.526 y 9.661.903 asistidos por el abogado ROMULO ENRIQUE SAA, contra la decisión dictada por el Juzgado Militar Quinto de Control con Sede en Maracay, estado Aragua, de fecha doce de noviembre del año dos mil cuatro. SEGUNDO: ORDENA celebrar la Audiencia Constitucional Oral y Pública, dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes contadas a partir de la última de las notificaciones efectuada, la cual se fijará mediante auto separado. En consecuencia, se acuerda librar las Boletas de Notificación a las partes. Así mismo, se acuerda enviar al agraviante ciudadana Mayor (GN) CARMEN LUCÍA SALAZAR, Juez Militar Quinto de Control con sede en Maracay copia certificada de la presente decisión y del escrito contentivo de la Acción de Amparo. Queda entendido que la ausencia en el acto d.....