DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOSÉ JOEL GOMEZ CORDERO, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano THYBERTH RAYMUNDO CHACON HERNANDEZ, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Tercero de Control con sede en Caracas, Distrito Capital, en fecha 10 de agosto de 2016 y publicada en fecha 11 de agosto de 2016, con motivo de la celebración de la Audiencia Preliminar en la causa que se le sigue por la presunta comisión de los delitos militares de USURPACION DE FUNCIONES, previsto y sancionado en el artículo 507 y FALSIFICACION Y FALSEDAD, previsto y sancionado en el artículo 569, ambos del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: Queda en estos términos confirmada la decisión recurrida.