Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 15 de marzo de 2016, por la abogada Yelitza Soto, en su condición de apoderad judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 4 de febrero de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, que declaró CON LUGAR la oposición a la medida de secuestro decretada, con ocasión de la causa por Daños y Perjuicios intenta por el ciudadano José Luis Angulo Guzmán en contra el ciudadano Jimmy Gendry Pérez Peña y otros. Queda así MODIFICADA la sentencia interlocutoria dictada en fecha 4 de febrero de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.