Este Juzgado de Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado presentada por el ciudadano GREGORIO ENRIQUE SILVA ATACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.350.071, asistido por el abogado, Luis Beltrán Viloria Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°2655, contra la ciudadana MARYELIS PASTORA TORRES DURAN