Por las razones antes expuestas, esta Corte Marcial, actuando como Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal Militar con Competencia Nacional y sede en Caracas, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley DECLARO PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abogado Derkys Adelis Mena, en su condición de Defensor Privado; contra la decisión dictada por el Consejo de Guerra de Maracay, en fecha 21 de junio de 2012, mediante la cual condenó al ciudadano YHONNY EMISAEL MARTÍNEZ CEDEÑO, a cumplir la pena de cinco años de prisión, como autor responsable en la comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, consagrado en el artículo 570 ordinal 1° del Código Orgánico de Justicia Militar, así como a las penas accesorias previstas en el artículo 407, ordinales 1° y 2° ejusdem. SEGUNDO: FIJA la audiencia oral y pública, para el día primero de noviembr.....