PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 02 de Febrero de 2005, por el abogado GUALFREDO BLANCO PEREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de Diciembre de 2004, oída en ambos efectos el 09 de Febrero de 2005. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales, daño moral y daños y perjuicios, intentó el ciudadano PEDRO RAFAEL GUTIERREZ RENGEL contra PEPEGANGA, C. A., ambas partes identificadas. TERCERO: Se ordena a PEPEGANGA, C. A., pagar al ciudadano PEDRO RAFAEL GUTIERREZ RENGEL la cantidad de QUINCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTIDOS BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 15.577.122,74) por los siguientes conceptos: antigüedad Bs. 5.423.954,19, indemnización sustitutiva de preaviso Bs. 1.899.423,.....