Este Tribunal en acatamiento a la referida resolución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dictó Sentencia Interlocutoria de declinatoria de competencia y se ordenó remitir la presente solicitud a la Unidad Receptora de Documentos Civil del Estado Lara a los fines de su distribución en uno de los Juzgados de Municipios de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto.