Este Tribunal Militar Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, oída como ha sido la exposición de la Fiscalía Militar y la Defensa Pública Militar, decreta: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud efectuada por la TENIENTE DE FRAGATA YUSNAGRY PEREZ MARQUEZ, en su carácter de Fiscal Militar Segunda con Competencia Nacional, de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, establecida en los artículos 236, 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal en perjuicio del ciudadano: ANGEL WLADIMIR ZERPA APONTE, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.525.457, por la presunta Comisión de uno de los DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD, INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA NACION, como lo es TRAICION A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 ordinal 25, 26, 27 y sancionado en el artículo 465, del Código Orgánico de Justicia Militar, al considerar este Órgano Jurisdiccional que se encuentran llenos los extremos de.....