En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la Solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los ciudadanos: SOLDADO JEICKSON ALEJANDRO AZOCAR GUERRA, titular de la cédula de identidad número V-27.949.851 y SOLDADO REINER ESNER RODRIGUEZ PRADO, titular de la cédula de identidad número V-29.571.872, por el delito militar de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520 del Código Orgánico de Justicia Militar. Así como el SOBRESEIMIENTO del delito militar de CONTRA LA SEGURIDAD DE LA FANB, previsto y sancionado en el artículo 551 numeral 3, para el S/1 DIOMAR ANTONIO NARVAEZ GARCIA. SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, por cumplir con los extremos jurídicos previstos en el artículo 308 en concordada relación con el articulo 313 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano S/1 DIOMAR ANTONIO NARVAEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad numero V-22.800.214, plaza del 321.....