DECRETA: PRIMERO: En cuanto a lo que se refiere a la Calificación Jurídica de los hechos como Delito de Uso Indebido de Condecoraciones, Insignias y Títulos Militares, contenido en el Artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar, este Tribunal Acoge dicha Pre Calificación. Ahora, en lo concerniente a la pre calificación de los hechos con los delitos de Falsificación y Falsedad y Usurpación de Funciones, previstos y sancionados en los Artículos, 568, 569, 507 y 509 numeral 4 ejusdem, esta juzgadora considera que la acción ejecutada por el imputado no corresponde con los supuestos de hecho contenido en la norma sustantiva penal aplicado por el Ministerio Público Militar. En consecuencia esta juzgadora NO ACOGE La Calificación relativa a estos Delitos. Por consiguiente SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la Solicitud del Fiscal Militar de que este Tribunal Acoja la Precalificación Jurídica de los Hechos objeto de la presente investigación. SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR la solici.....